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Tal vez muchos de los que ahora leen
estas líneas se habrán preguntado (o se lo pre-guntarán en este
momento) cual es la misión de un abogado en un Hospital Público
o porqué ha sido creada en el Hospital una Asesoría Letrada,
dado que la actividad hospitalaria está principalmente centrada
en la atención de la salud de la población.
La necesidad de contar con un abogado en el Hospital nace desde
que el mismo se ha ido expandiendo; se incorporó nueva tecnología,
nuevos servicios, más personal; toda la actividad del nosocomio
se fue haciendo cada vez más compleja; se pasó gradualmente de una
exclusiva atención de la salud a otros aspectos no asistenciales
pero estrechamente vinculados con la actividad hospitalaria, como
ser aspectos administrativos, legales, técnicos, económicos, finan-cieros,
etc., que hubo necesariamente que atender.
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Si bien en la actualidad creo que nadie
discute la necesidad y conveniencia de contar con Asesores Letrados
en todos los organismos, sean estos públicos o privados, empresas,
sociedades, asociaciones, etc., tal vez no se aprecie concretamente
cual es la actuación de un abogado en un Hospital y hasta genera
cierto resquemor en los empleados y en la opinión pública en general.
Y tan así ha estado está situación que los Asesores Letrados del
Municipio, que seguramente debe haber contado con ellos casi desde
su creación, han sido los que han resuelto los problemas legales
del Hospital ( los cuales por otra parte han ido creciendo con el
correr de los años), hasta 1990, fecha en la cual se designó por
primera vez en este nosocomio a un Asesor Letrado, cargo que desempeñó
el Dr. Raúl Vidal (actualmente Asesor Letrado del Municipio),
hasta principios de 1992. También estuvo a cargo de esta Asesoría
Letrada el Dr. Carlos Falappa, desde principios de 1992 hasta
principios de 1995, y desde principios de 1995 se desempeña quien
suscribe, siempre con un sólo empleado, el: Sr. Pablo Hernández,
Secretario de Asesoría Letrada.
Tal vez una de las razones que decidió el nombramiento de
un abogado en el Hospital haya sido, además del cúmulo
de trabajo en aumento, la Ordenanza de Descentralización
del Ente del año 1986. Por esta Ordenanza, el Ente pasó,
de depender exclusivamente del Municipio, a tomar y ejecutar sus
propias decisiones siempre con el límite impuesto por las
normas, especialmente el de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
El rol del abogado en el Hospital es primordialmente defender los
intereses del Hospital. No defiende ni representa los intereses
de los empleados. En tal obligación, esta Asesoría
Letrada, despliega un sin número de tareas, las cuales, básicamente,
pueden resumirse en las siguientes:
Recepción
canalización y contestación de oficios y solicitudes judiciales,
policiales, particulares, etc. Dicha tarea incluye, entre otras,
ubicar, retirar, fotocopiar las Historias Clínicas, Libros de Lesionados,
etc.
Instrucción
de Sumarios Administrativos. Ello incluye, entre otras actividades,
fijar y tomar au-diencias a testigos, imputados, notificar, emitir
dictámenes, etc. Hasta Julio de 1996, determinación interna de las
accidentes de trabajo. Con el advenimiento de las ART está tarea
dejó de cumplirla Asesoría Letrada.
Redacción,
armonización y visación de contratos varios.
Redacción
de proyectos de reglamentos internos, resoluciones, decretos y ordenanzas.
Segui-miento de juicios laborales por accidentes de trabajo y daños
y perjuicios. Ello incluye contestar demanda, hacer la procuración,
concurrir a las audiencias, diligenciar oficios, presentar recursos,
etc.
Redacción
de Cartas Documentos varias.
Promoción
de acciones judiciales a Instituciones de la Seguridad Social.
Redacción
de denuncias penales en los casos que correspondan.
Redacción
de dictámenes varios sobre diversos temas ( incompatibilidad, contratos,
adquisicio-nes, licencias, antigüedad, etc.)
Información
sobre legislación vigente.
Asesoramiento
en general sobre el que hacer hospitalario desde el punto de vista
legal.
El gran cúmulo de tareas que despliega Asesoría Letrada, a lo que
se suma un gran número de actividades diarias imprescindibles en
toda oficina, como atender el teléfono, hacer fotocopias, atender
al público que busca información, etc. hace que las mismas deban
ser repartidas entre las dos personas que componemos esta Dependencia.
El Secretario tiene a su cargo exclusivamente todo lo relacionado
con oficios, bajo la supervisión del suscripto, tomar audiencias,
preparar los borradores de los dictámenes en sumarios, los borradores
de la revisión de los contratos, la confección y remisión de las
cédulas de notificación y los oficios en los sumarios y en los demás
expedientes administrativos.
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